REGLAMENTO
El Fondo Nacional de las Artes llama a concurso a intérpretes y/o compositores para contribuír al fomento de las ediciones discográficas de música de Jazz y Músicas Populares Contemporáneas. Los postulantes al concurso deberán presentarse con seudónimo.
Objetivos
La presente convocatoria se realiza para apoyar la fértil actividad creativa de intérpretes y compositores que cultivan el Jazz y las Músicas Populares Contemporáneas en todos los formatos conocidos -vocal, instrumental, vocal-instrumental, solista y grupal- con el propósito de facilitar las ediciones discográficas.
ARTÍCULO 1° - Llamado a concurso
EL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES llama a concurso a intérpretes y/o compositores argentinos o extranjeros que residan legalmente en suelo argentino, a fin de optar a la correspondiente ayuda económica para contribuír a la edición discográfica de sus obras musicales.
ARTÍCULO 2° - Requisitos
- Presentar un demo con no menos de 4 obras que estarán incluídas en el repertorio del futuro CD
- Acompañar propuesta de repertorio
- Mencionar músicos participantes e invitados
- En un sobre cerrado que deberá llevar en la tapa la identificación siguiente: a) seudónimo del/los autores y compositores y b) título de la obra, en cuyo interior deberá incluirse una hoja en la que figuren los datos verdaderos del/los autores y compositores (nombres y apellidos reales, nacionalidades, documentos de identidad, domicilios, C.P., y teléfonos).
ARTÍCULO 3° - Inscripción
Las obras se presentarán personalmente o por correo en la sede del Fondo Nacional de las Artes - Edificio Victoria Ocampo - Alsina 673, 6° Piso, Capital Federal (C.P. 1087) desde el 6 de noviembre de 2012 al 27 de marzo de 2013, de lunes a viernes de 10.00 a 16.00.
ARTÍCULO 4° - Premios
El jurado podrá otorgar tres premios, teniendo en cuenta parámetros estéticos, fundamentación de la propuesta y características del repertorio del postulante.
Primer Premio: $20.000.-
Segundo Premio: $15.000.-
Tercer Premio: $10.000.-
ARTÍCULO 5° - Compromiso de los Postulantes
Los autores premiados manifestarán por escrito su aceptación de los premios y propondrán un plan de edición discográfica dentro de los 45 días de la notificación correspondiente.
Se editarán como mínimo 300 CD. Una vez editado el CD, el autor entregará al F.N.A. la cantidad de 30 (treinta) CD.
Los premios se abonarán de la siguiente forma:
- 50% con la aceptación del premio y la propuesta de edición discográfica aprobada por el F.N.A.
- 50% contra la presentación de los 30 CD para el FNA,previa conformidad del Fondo Nacional de las Artes.
Se establece un plazo de 180 días para que los ganadores realicen la edición del CD a contar del momento de la aceptación. Los CD editados deberán ajustarse al plan de edición, y llevarán impreso en el exterior o interior de la tapa la leyenda: PREMIO - FONDO NACIONAL DE LAS ARTES - AÑO 2012.
Si la edición del CD seleccionado supera en costos el monto del premio otorgado, rige la misma obligatoriedad de edición y plazo de la misma, especificada en el párrafo anterior.
ARTÍCULO 6° - Sanción
En el caso de que los premiados no presentaran la obra discográfica editada en el término estipulado de 180 días, podrá solicitar una prórroga por única vez, por 45 días más. Caso contrario, serán sancionados con lai mposibilidad definitiva de acceder a los beneficios que otorga el F.N.A., sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder.
ARTÍCULO 7° - Selección
La selección de CD estará a cargo de un jurado compuesto por especialistas. Los miembros del Directorio podrán formar parte del Jurado. Estos darán a conocer su dictamen dentro de los 60 días de haberse constituído. El jurado emitirá un Acta con la nómina de ganadores que será elevada para su consideración al Directorio del F.N.A.
ARTÍCULO 8° - Limitaciones y beneficios
No se devolverán las obras presentadas al Concurso. El F.N.A. no se responsabilizará por el extravío y/o el daño que pueda sufrir el material presentado. El solo hecho de presentarse para optar a los beneficios de este régimen implica, por parte de los concursantes, el conocimiento y acatamiento de las normas establecidas en esta reglamentación.
ARTÍCULO 9° - Destino de las adquisiciones
Los ejemplares cedidos por el F.N.A. mediante este procedimiento integrarán su patrimonio artístico y podrán ser donados a instituciones del país y del extranjero.
ARTÍCULO 10° - Imprevistos
Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta por el Directorio del Fondo Nacional de las Artes.
Solicitud de inscripción en http://www.fnartes.gov.ar/jazz1a.html
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