a) Aspectos
legales – Derechos de Autor e Inscripción en el AFSCA
Registro
de la Obra Inédita en la Dirección Nacional de
Derechos de Autor (persona física)
El derecho de
autor, que nace del acto de creación de la obra, sólo puede ser
registrado por persona física, y garantiza la inviolabilidad de la
obra y los derechos morales del/los autores. Por lo tanto, no puede
ser inscripto por una persona jurídica. La persona jurídica aparece
en el momento de definir los derechos patrimoniales y comerciales de
la obra.
En vista de
ello, el Programa sugiere que el registro de la misma lo realice
aquella o aquellas personas que hayan desarrollado el proyecto a
presentar, respetando la individualidad de los actores.
La metodología
y filosofía del Nodo debe servir a que el mismo pueda definir
quienes son los autores del Proyecto o bien, quien o quienes pueden
representarlo. Recomendamos que se respete al creador de la idea
original y aquellos que hayan contribuido con la escritura del guión,
siendo deseable que también se inscriban aquellos que en el rol de
realizadores contribuyan y aporten a ese desarrollo.
Si el Nodo
considera que es una creación colectiva otorguen, por consenso y
mediante instrumento privado, la representación a una o mas personas
(entre 1 a10 que son los habilitados a firmar) y que cada uno de
ellos represente a una organización adherente al Nodo y haya
participado en el desarrollo del proyecto escrito.
En el siguiente
link encontrarán información sobre el registro y el formulario:
Inscripción
en el AFSCA (persona jurídica)
Para el
correcto desarrollo de la segunda etapa de Fábrica de Televisión
(programas con aire) es necesaria la inscripción de la empresa
productora en el Registro de Productoras del AFSCA.
Por tal
motivo la Coordinación Nacional del Programa Polos
Tecnológicos Audiovisuales ha consultado al AFSCA respecto las
particularidades del Programa Polos, lo que resultó en una propuesta
del Presidente de dicha entidad, por el cual el AFSCA designará una
persona para que asesore a los Nodos y agilice dicha inscripción.
Al ser un
registro de persona jurídica, el Programa Polos sugiere se
seleccione democráticamente y se designe un representante al
interior de los Nodos, cual será la/las empresa/organización del
Nodo que realizará dicho registro, pudiendo ser incluso la
Universidad Coordinadora.
A la
brevedad se informará cual es la persona designada por el AFSCA para
brindar dicho asesoramiento.
En el siguiente
link encontrarán información adicional que les será de utilidad:
b) Aspectos
sindicales – SAT, AAA, SUTEP
Para la
presupuestación de los proyectos de programas de televisión que se
presenten a la Fábrica de Televisión, se informa que en
los rubros técnicos (SAT), actores (AAA) y extras (SUTEP) se deberán
atener a la normativa vigente en casa sindicato, tomando como
referencia los aranceles actuales, correspondiendo los específicos
para televisión digital, en el caso que los hubiese.
Se anexa al
presente mail el convenio que deberá aplicarse en referencia al SAT,
con la escala salarial actualizada. Al respecto se les informa
que deberán considerar la escala correspondiente a Pequeñas
Empresas, que permite la contratación semanal del personal técnico.
La organización
del Nodo que cumpla el rol de empresa productora (la misma que se
inscriba como tal en el AFSCA) deberá ser quien liquide los salarios
ante cada sindicato, debido a que estos también solicitarán el
registro de esta figura (empresa productora) para poder efectuar
dichas liquidaciones.
En los
siguientes links encontrarán información adicional que les será de
utilidad:
El Programa
entiende que esta información permite que avancen con las
presentaciones de los proyectos, más allá de que puedan haber
eventuales mejoras para las condiciones de producción. Esperamos
haber contribuido a evacuar las inquietudes que nos han estado
haciendo llegar y quedamos a disposición de comentarios o consultas.
Capit Acuerdo 21-04-2011 Expte 1457191-11 Actualizacion Escalas 2011-2012
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